FUNDAMENTO DEL JUEGO

Se trata de arrastrar piedras elaboradas para dichos fines, a la máxima distancia posible, en base de la fuerza de tiro o tracción de los animales y personas.


CONDICIONES GENERALES

Art. 1º.- Las pruebas de arrastre de piedra se celebrarán en probaderos debidamente construidos para dichos fines.

Art. 2º.- Al comenzar la prueba, la piedra a arrastrar deberá hallarse de forma que su parte posterior tape o cubra una parte de la cinta o franja centrada con la que obligatoriamente deberá contar todo probadero. Las piedras a arrastrar deberán disponer de un orificio en su parte delantera para pasar la cadena y colocar el pasador.

Art. 3º.- Se considerará que los actuantes han realizado o cubierto una plaza (clavo) en el momento en que la parte delantera de la piedra tape un fragmento o totalidad de la cinta del lado opuesto al de salid

Art. 4º.- La piedra a arrastrar deberá deslizarse sin salir de las franjas exteriores del probadero.

Art. 5º.- Si la verticalidad de alguna parte de la piedra a arrastrar saliera de las franjas exteriores, se habrá producido el llamado “ustel” y en este caso, los actuantes deberán retroceder con la piedra hasta que la mole, en su totalidad, se sitúe más atrás que el punto en que se hubiese registrado la salida de la piedra. No se exigirá esta condición cuando la parte delantera de la piedra hubiese llegado a la cinta final del probadero.

Art. 6º.- El final de una prueba será medido por el Juez marcando la parte más lejana de la parte delantera de la piedra.En casos especiales (pérdida de parte de arena u otros), se hará según criterio del Juez.En caso de que terminada la prueba el Juez estuviera señalando un “ustel” se dará como marca dicho punto sin importar donde estuviera la piedra.

Art. 7º.- En todas las pruebas de arrastre de piedra actuará el llamado Juez de plaza, que será miembro de la Federación.

Art. 8º.- Los cometidos principales que competen al Juez de plaza, son los siguientes:
– Presenciar y resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el pesaje de los animales.
– Adoptar las medidas pertinentes para que una vez pasados por el peso los animales, en el momento en que el Juez cronometrador señale, no se produzcan sustituciones o cambios.
– Verificar que no posee ningún producto que altere y vicie la competición.
– Pasar la candileja con la debida antelación.
– Verificar la limpieza del carrejo.
– Ordenar que se arrastre la piedra a utilizar con la debida antelación al campeonato y siempre que el Juez encontrase alguna anomalía en el estado del carrejo.
– Durante la celebración de las pruebas, determinará el momento en que se hayan cubierto las plazas y la medición final.

Art. 9º.- No se podrá golpear o pinchar con brusquedad al ganado. Sólo se permitirá golpear de manera suave, siguiendo el criterio del Juez y de no hacerlo así, se dará un aviso y si reincide expulsión de la plaza. En ganado asnal o caballar no se permitirá pinchar al animal, ni castigarle con cualquier elemento que no sea “akullu” o palo de madera.

Art. 10º.- En concursos no podrá participar en la misma competición ningún ganado que hubiere ya participado anteriormente, aunque figurase a nombre de distinto propietario.